La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las acciones de inconstitucionalidad presentadas por cuatro partidos políticos y un minoría legislativa en contra de la reforma judicial, por lo que la citada reforma seguirá vigente en todos sus términos.
En una sesión que se tensó al momento de las votaciones y en los que se cruzaron reclamos entre dos bloques de ministros y ministras, el Pleno de la Suprema Corte desestimó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que proponía invalidar la elección popular de jueces y magistrados, al tiempo que avalaba la elección de ministros y magistrados electorales.
El proyecto fue desestimado porque no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para declarar la invalidez de la reforma judicial, debido a que el ministro Alberto Pérez Dayán se sumó a las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz para declarar la improcedencia de las impugnaciones, bajo el argumento de que los partidos políticos no pueden impugnar cambios a la Constitución a través de acciones de inconstitucionalidad.
Por lo tanto, solo siete ministros votaron por la la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad para poder revisar la constitucionalidad de la reforma judicial.
En el bloque que proponía revisar la reforma constitucional quedaron las ministras Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Con esta determinación, la Suprema Corte no entró al fondo del asunto y no revisó la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las diferentes fracciones de la reforma judicial.
Ministro Pérez Dayán fracturó bloque contra reforma judicial
Desde muy temprano, el ministro Alberto Pérez Dayán anunció su voto en contra de la procedencia de la acción de inconstitucionalidad presentada por tres partidos políticos (PAN, PRI y Movimiento Ciudadano) en contra de la aprobación de la reforma judicial, con el argumento de que los partidos no están legitimados para presentar dicha impugnación.
Tras lamentar la aprobación de la reforma judicial que interrumpe los proyectos de vida de los funcionarios del Poder Judicial de la Federación, el ministro Pérez Dayán advirtió que no está de acuerdo con cambiar el criterio de que los partidos políticos solo pueden impugnar leyes electorales, por lo que no cabe su impugnación a una norma general como la reforma judicial. El ministro Alberto Pérez Dayán también advirtió que invalidar la reforma judicial a partir de las acciones de inconstitucionalidad de partidos políticos equivale a combatir “la insensatez” de la reforma judicial con “una nueva insensatez”.
Por más que me trate de convencer a mi mismo de lo contrario, resolver el en sentido de lo que propone la propuesta, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez, equivalente a forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de institucionalidad”, concluyó.
Con información de Aristegui Noticias
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